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Busca Blanca Eppen Canales definir claramente el delito de Ciberacoso en Código Penal de Coahuila

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Busca Blanca Eppen Canales definir claramente el delito de Ciberacoso en Código Penal de Coahuila

Saltillo, Coahuila.- La Diputada Blanca Eppen Canales presentó una Iniciativa con la finalidad de modificar diversas disposiciones del Código Penal de Coahuila a fin de dotar de claridad y certeza al delito de Ciberacoso y a las demás conductas desplegadas por medio de las redes sociales y otras tecnologías de la información.

La Diputada, quien también es coordinadora de la Comisión de Igualdad y No Discriminación, explicó que hasta hace poco, la legislación penal federal y local no contenía tipo delictivos para poder encuadrar y tipificar el Ciberacoso, y se debía conformar el afectado con explorar la posibilidad de que su caso se tratara como “acoso tradicional”, invasión a la intimidad, ataque a equipos informáticos, robo de información digital y demás figuras contempladas en los códigos del país.

De acuerdo al documento denominado Módulo sobre Ciber Acoso, 2015” del INEGI, “El ciberacoso supone una intromisión de naturaleza repetitiva en la vida íntima de una persona, utilizando para ello medios electrónicos, fundamentalmente Internet y teléfonos celulares. Se presenta de forma encubierta porque las víctimas son atacadas a través de redes sociales o de las TIC sin otro objetivo que infligir maltratos y denigraciones”.

La presente iniciativa se concentra en delitos relacionados con el llamado Ciberacoso, la invasión a la privacidad e intimidad de las personas, el uso indebido de imágenes y grabaciones obtenidas y difundidas sin consentimiento del afectado y los graves daños que esto (la invasión a la intimidad) genera a las víctimas, como la pérdida de la tranquilidad, daño a su honor y reputación, descrédito público, acoso y agresividad colectiva derivada de la difusión de las imágenes y todos los demás perjuicios emocionales y materiales que esto implica.

Blanca Eppen agregó que estos delitos cometidos a través de las redes sociales e Internet presentan una diferencia que abona considerablemente al estado de indefensión e impotencia de la víctima para poder obtener justicia y en su caso, terminar con el problema y lograr que se borren las imágenes o contenidos que le perjudican: el anonimato.

Ante este complejo fenómeno social, la legislación actual resulta deficiente y no del todo apta para sancionar todas las conductas delictivas que se realizan por medio de las redes sociales y otras de internet.

Blanca Eppen insistió que es necesario adecuar el Código Penal del Estado, a fin proporcionar claridad y certeza al delito de Ciberacoso y demás conductas desplegadas por medio de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).

Iniciativa:
Se modifica el contenido del artículo 236 y el 272 del Código Penal de Coahuila.