Del Abogado Amigo
Luis Torre Aliyán
Con 101 votos a favor y por todos los grupos parlamentarios, se aprobó ya la Ley Federal de Revocación de Mandato.
Finalmente, entonces sí tendremos en marzo del año entrante el primer y más grande ejercicio democrático que se haya dado en la historia reciente del país: votar para que se revoque el mandato al Presidente de México, o bien, continúe en el encargo popular hasta finalizar su periodo en 2024.
Y a propósito del tema, traigo a cuenta de usted, estimado lector, que después de la reforma constitucional que en la materia se llevó a cabo a finales de 2019, el artículo 116 constitucional, ahora dispone en su fracción I, lo siguiente:
“Los gobernadores de los Estados no podrán durar en su encargo más de seis años y su mandato podrá ser revocado. Las constituciones de los Estados establecerán las normas relativas a los procesos de revocación de mandato del gobernador de la entidad”.
Y, por su parte -ojo aquí-, en el Decreto por el que precisamente se declararon reformadas y adicionadas disposiciones constitucionales en materia de consulta popular y revocación de mandato, el sexto transitorio establece que las constituciones de las entidades federativas, dentro de los 18 meses siguientes a la entrada en vigor del Decreto (20 de diciembre de 2019), deberían ya de garantizar el derecho ciudadano a solicitar la revocación de mandato de la persona titular del ejecutivo local.
Que, como pueden advertir de matemáticas simples, siendo enero de 2020 el mes 1, resulta que en junio de este año 2021 le venció a la legislatura local el término para incorporar la figura a la constitución de Tamaulipas.
Ni enterados han de estar de su atraso, ya que prefirieron priorizar en su agenda cubrir la espalda al gobernador CDV antes de cumplir con su labor: observar la ley, y velar por ampliar los derechos de los tamaulipecos.
Seguro estoy que la legislatura tamaulipeca entrante llevará el tema a la mesa, no solo por ser agenda morenista sino porque, además, como expliqué, el Decreto de la reforma constitucional así constriñe a las legislaturas locales a hacerlo.
Ojalá en su oportunidad podamos cantar victoria para Tamaulipas, porque de tener la figura incorporada a nuestra constitución local si viniere otro mal gobernador: se iría en tres años, pero la pregunta es: ¿Y los alcaldes?
Recuerdo que la Diputada Pimentel planteó en su momento una iniciativa de reforma en la materia donde los miembros de los ayuntamientos también serían sujetos del derecho ciudadano a revocar mandatos…
Será un gran tema. Por lo pronto, es un hecho: la transformación del país sigue su curso. ¿Cuándo se había hablado de estos temas, caray? Ahora como un auténtico demócrata el Presidente López Obrador pone el ejemplo: en marzo pone su silla a consideración del pueblo.