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Samuel García presenta alegatos para que TEPJF anule la multa por apoyo de Mariana Rodríguez

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Samuel García presenta alegatos para que TEPJF anule la multa por apoyo de Mariana Rodríguez

Ante el Tribunal Electoral, el gobernador electo de Nuevo León, Samuel Garcia Sepúlveda, presentó seis alegatos contra la sanción que impuso el INE por las historias que su esposa Mariana Rodríguez difundió durante la campaña.

Este martes, acudió personalmente a la seda la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a entregar sus argumentos en espera de que salga un fallo a su favor y se anule la multa de 55 millones de pesos que impuso el Instituto Nacional Electoral (INE).

“Pero más importante aún, que quede un precedente para que en un futuro no se restrinja la participación de los familiares, de las esposas, de las mujeres.

“Y sobre todo no se restringe el derecho a la libertad expresión y se cosifique a mujeres como Mariana Rodriguez qué no hicieron más que apoyar a su esposo porque confiaban en el proyecto que encabezábamos”, afirmó García Sepúlveda.

Este jueves se espera que la Sala Superior discuta el proyecto de resolución a los expedientes JDC-1128/2021 y JDC-1129/2021, por ello el mandatario electo entregó su escrito hoy.

“Vamos a presentar alegatos del caso de mi esposa Mariana Rodriguez, este jueves el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación va a resolver un asunto muy controversial.

“El proyecto del magistrado Indalfer (Infante González) viene a favor de nuevo León, a favor de nosotros, estipula que la multa es ilegal, que se debe revocar lisa y llanamente la multa porque las historias de mi esposa son auténticas, espontáneas y que por obviedad de razones al ser mi esposa, el vínculo matrimonial ofrece apoyo mutuo”, detalló García Sepúlveda.

Para fortalecer ese proyecto de resolución el mandatario electo presentó seis alegatos, el primero plantea que el INE transgredió el interés superior de la familia en materia electoral al no considerar el vínculo matrimonial entre Mariana y Samuel.

El segundo, la vulneración a la libertad de expresión de Mariana desde la perspectiva de su vínculo matrimonial, al ignorar que sus publicaciones son espontáneas.

En el tercer alegato, García Sepúlveda afirma que el INE violó el derecho humano a la seguridad jurídica porque en 2018 el TEPJF ya había establecido que las publicaciones de su esposa no eran propaganda electoral.

También, dijo que se individualizó incorrectamente la sanción porque indebidamente la autoridad electoral omitió un análisis pormenorizado de cada una de las publicaciones objeto de la resolución.

El quinto alegato establece que se consideró indebidamente a Mariana una persona física con actividad empresarial.

En el sexto se plantea que el INE incumplió con la obligación de optar por la interpretación más favorable a la protección de los derechos humanos a la libertad de expresión y la información de las personas