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Sala Monterrey del Tribunal Federal Electoral revoca la sentencia del Tribunal de Nuevo León que autorizaba la coalición del PAN

En su sentencia, la Sala Monterrey evidenció diversas ilegalidades en la resolución del Tribunal de Nuevo León en la que determinaba la validez “definitiva” de la Coalición parcial integrada por el PAN, PRI y PRD, para postular candidaturas para la elección de diputaciones locales y de ayuntamientos en Nuevo León en 2024, autorizada, originalmente, por el Instituto Electoral Local, de manera condicionada.
 
Lo anterior, señaló la Sala Monterey:

i) tiene razón el partido Morena impugnante, en cuanto a que el PAN solo puede aprobar una coalición en forma definitiva, cuando la aprueba la Comisión Permanente Nacional, porque si bien se ha reconocido la posibilidad de que el presidente emita una providencia para tal efecto, precisamente, por su naturaleza provisional, únicamente puede generar una aprobación condicionada.

y ii) porque es excesivo el plazo superior a un mes, originalmente otorgado para contar con la determinación definitiva de la Comisión, porque conforme a una visión garante de los valores del sistema jurídico electoral mexicano, principalmente de los principios de certeza y definitividad, existe la necesidad de una definición oportuna de las modalidades y condiciones de participación de cada partido, para los demás partidos e incluso de los propios candidatos del partido en cuestión.

Por tanto, la Sala revocó la coalición, para el efecto de que el tribunal considere insuficiente el acuerdo del presidente del partido y dado que el plazo fue excesivo, únicamente tendrá 24 horas en su caso para acreditar que la comisión emitió el acuerdo correspondiente.

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