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¿Quieres proteger la casa de tu familia de embargos judiciales?

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¿Quieres proteger la casa de tu familia de embargos judiciales?

Del Abogado Amigo

Luis Torre Aliyán 

¿Quieres proteger la casa de tu familia de embargos judiciales?

Hace algunas semanas les hablé del agobio que sufren miles de victorenses producto del hostigamiento que reciben por parte de sus acreedores, al emprender algunos de estos últimos una cobranza extrajudicial ilegal.

Y es que aún hay negocios o personas que siguen cargando secuelas propias de la crisis económica que generó la pandemia.

Por ello hoy, estimado lector, quiero ponerle en la mesa cómo es posible proteger la casa de su familia, de los posibles embargos que pudieran derivar de determinada deuda que tenga.

Bien, primero debo mencionar que por familia se entiende a las personas que estando unidas por matrimonio o concubinato y sus hijos, habiten una misma casa.

Ahora, si es su deseo proteger de todo tipo de futuros embargos judiciales la casa de la familia, debe acudir ante un juez en materia familiar manifestando por escrito que es Usted casado o que se encuentra en concubinato, los que hijos que tiene, y que todos habitan en determinado domicilio del cual es Usted propietario. Tales manifestaciones se deben demostrar con las actas correspondientes del Registro Civil, y con la escritura de propiedad de la casa habitación.

En dicho escrito, se solicita al juez que declare que la casa habitación constituye el patrimonio familiar, siempre y cuando el valor de la casa en la que vive la familia no exceda de  $2,800,000.00 (dos millones ochocientos mil pesos) aproximadamente, es decir, 35 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Así, con la sentencia del juez, su casa habitación familiar quedará protegida de futuros embargos, ya que el patrimonio familiar no está sujeto a embargo alguno, de ninguna índole.

Ojo, no basta con “alegar” en juicio que su casa es “su patrimonio familiar”, debe agotar este trámite jurídico en jurisdicción voluntaria, y que un juez así lo declare, tal como lo mencioné.

El trámite ante el juzgado lleva aproximadamente dos meses, según la carga de trabajo del juzgado y la agilidad del abogado que tramite el caso.

Por último, le comunico estimado lector, que lo ideal es que acuda a realizar el trámite con un Despacho Legal técnico y especialista en la materia, pero si Usted es una persona de escasos recursos económicos, puede optar por llevar el juicio vía la Defensoría de Oficio del Gobierno del Estado, que se ubica en Torre Bicentenario,  cuyos servicios son gratuitos y tienen la obligación de otorgarlos de buena calidad.