Monterrey,NL.- La bancada de Movimiento Ciudadano se une a las voces ciudadanas que exigen un freno a los cobros excesivos en los estacionamientos de las plazas comerciales en el área metropolitana de Monterrey
En San Luis Potosí, Veracruz y en la ciudad de Corregidora, Querétaro, los habitantes ya se libraron de los pagos en los centros comerciales, gracias a que su Congreso o el Cabildo (en el caso de Corregidora) no se dejaron amedrentar por intereses privados y legislaron en la materia.
Los diputados Samuel García y Concepción Landa proponemos una reforma a la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León con el fin de establecer de manera expresa que no se cobre un solo peso por concepto de estacionamiento en los centros comerciales.
El cobro de los estacionamientos en el estado de Nuevo León es de los más altos en el país: de tres a cuatro cuatro horas estás pagando el equivalente a un salario mínimo, lo cual resulta totalmente absurdo.
Los centros comerciales tienen la obligación de cumplir con el requerimiento de cajones de estacionamiento de acuerdo con los ordenamientos legales aplicables, así como soluciones de acceso viales y posibles adecuaciones viales necesarias de conformidad con la sección quinta del capítulo tercero de la Ley de Desarrollo Urbano.
En los Reglamentos de Uso de Suelo se estipula que todo establecimiento comercial está obligado a proporcionar a sus clientes un lugar de aparcamiento. Claramente los cajones de estacionamiento deberían representar un servicio básico del centro comercial no un fin lucrativo.
Por lo anterior, promoveremos una iniciativa de reforma por adición al artículo 209 de la Ley de Desarrollo Urbano con la finalidad de eliminar el cobro por el uso de cajones de estacionamiento que hacen los centros comerciales.
La eliminación del cobro de estacionamiento no es inconstitucional ya que no impide a dichos establecimientos ejercer su actividad comercial ni afecta a su actividad preponderante.
Lo que se busca con esta eliminación del cobro es el interés y derecho de la colectividad, lo que se traduce en beneficio de los ciudadanos, esto conforme a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia P/J.28/99.
Se debe proteger el interés de la sociedad por encima del interés particular, y como diputados ciudadanos nuestro interés es legislar bajo este principio.