Derivada de la licencia solicitada y concedida al Gobernador del Estado de Nuevo León para que se separe del cargo temporalmente a partir del 2 de diciembre próximo se interpusieron ante la SCJN dos controversias constitucionales las cuales fueron admitidas.
Respecto a la suspensión esta se otorgó entre otras cuestiones para reconocer y dejar a salvo la facultad del Poder Legislativo Local para designar al Gobernador Interino de dicha entidad.
El pasado 30 de noviembre, el Congreso Local presentó ampliación de demanda y solicitó nueva suspensión o modificación de la ya otorgada.
Al respecto, el Ministro instructor admitió la ampliación presentada, y en cuanto a la suspensión solicitada, se concedió en los siguientes términos:
1 En virtud que es un hecho notorio que el Congreso de Nuevo León ya designó a Luis Enrique Orozco Suárez como Gobernador Interino, lo procedente es que el Poder Ejecutivo Local o cualquiera de sus dependencias, permitan que se desarrolle una toma de posesión del ciudadano nombrado como gobernador interino y se garantice la gobernabilidad del funcionario para el período otorgado en la licencia.
2 Asimismo, que cualquier autoridad se abstenga de realizar nueva designación o nombramiento alguno sobre la titularidad del poder ejecutivo, sin importar su denominación, hasta en tanto se resuelva en definitiva la presente controversia constitucional.
Esta medida cautelar se concedió con la finalidad de evitar la indefinición en la titularidad del Poder Ejecutivo de dicha entidad, y así garantizar la gobernabilidad en el estado de Nuevo León.
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