Monterrey, NL.- La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León emitió tres Recomendaciones dirigidas a los presidentes municipales de García, Apodaca y Cadereyta Jiménez, por actos de tortura en perjuicio de una persona con discapacidad visual; por la muerte de un menor de edad, que sufrió una descarga eléctrica ocasionada por un poste de alumbrado en malas condiciones; así como por la falta de inspección en el ingreso de niños, niñas y adolescentes en espectáculos taurinos; respectivamente.
En la Recomendación 01/2020, dirigida al presidente municipal de García, se acreditó la detención arbitraria por parte de elementos de la Institución de policía preventiva de una persona con discapacidad visual, quien no fue puesta a disposición de la autoridad competente, además de ser torturada, mediante agresiones físicas, amenazas y burlas basadas en su condición.
El Mecanismo de Monitoreo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de esta Comisión Estatal, estableció que en cada intervención de la víctima se debía dar lectura íntegra a la información contenida en el expediente, aclarándole las dudas que surgieran al respecto y en el caso de la resolución final, se proporcionará, con independencia de la lectura, el contenido de la misma en formato de audio.
Se recomendó brindar el tratamiento médico y acompañamiento psicológico a la víctima; dar continuidad al procedimiento de responsabilidad administrativa; coadyuvar con la Fiscalía General de Justicia del Estado, en la investigación Penal; girar las instrucciones para que se aplique un enfoque diferenciado en la atención a personas con discapacidad; y se capacite al personal policial en el tema.
En la Recomendación 02/2020, enviada al Alcalde de Apodaca por actos atribuibles al personal de la Secretaría de Servicios Públicos municipal, por corroborarse que no realizó la revisión periódica de las condiciones de un poste de alumbrado público que originó que un menor de edad, al haber hecho contacto con el mismo, recibiera una descarga eléctrica, lo que propició que se cayera y falleciera por asfixia por sumersión, debido a que las calles estaban inundadas por las lluvias registradas ese día.
Se recomendó que se indemnizara por su fallecimiento; atención psicológica a la familia; inicio de procedimiento administrativo; capacitación; así como que la Secretaría de Servicios Públicos realice de manera permanente tareas de inspección y mantenimiento del alumbrado público.
Al presidente municipal de Cadereyta Jiménez, se emitió la Recomendación 03/2020, al haberse acreditado la falta de inspección y vigilancia en el ingreso de niños, niñas y adolescentes en espectáculos taurinos, prohibición contenida en el permiso que el municipio le otorgó al organizador del evento.
Lo anterior se deriva de las observaciones realizadas en el año 2015, por el Comité de los Derechos del Niño de la Organización de la Naciones Unidas que planteó su preocupación por el bienestar mental y emocional de los espectadores infantiles expuestos a eventos taurinos.
En la resolución la CEDHNL solicita girar las instrucciones correspondientes para que se realicen las adecuaciones al Reglamento Taurino para el Municipio de Cadereyta Jiménez, con la finalidad de prohibir el ingreso a los espectáculos taurinos a las personas menores de edad; inicio de procedimiento administrativo; capacitación; así como aplicar medidas efectivas, de carácter preventivo, en los lugares en que se efectúen espectáculos taurinos, para lo cual la autoridad responsable debe girar las instrucciones para que lleven a cabo las tareas de inspección y vigilancia para su efectivo cumplimiento.