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Aprueba Cabildo de San Nicolás sancionar a quien no use cubre bocas en espacios confinados

San Nicolás de los Garza, NL.- El Cabildo de San Nicolás aprobó modificar el Reglamento del Sistema Metropolitano de Justicia Cívica para hacer obligatorio el uso de cubre bocas en espacios públicos como establicimientos, centros de trabajo y en el transporte urbano, a fin de cumplir con la última reforma a la Ley Estatal de Salud.

En sesión ordinaria de Cabildo celebrada mediante la aplicación de zoom, la Síndica Amparo Lilia Olivares Castañeda, presidenta de la Comisión de Gobierno y Reglamentación presentó el dictamen para adicionar las faltas y sanciones previstas por el reglamento, a fin de reforzar jurídicamente las medidas de prevención contra el Covid-19.

Este acuerdo aprobado, será enviado para su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, para su entrada en vigor.

La propuesta de reforma al Reglamento consiste en modificar los artículos 39 y 45, para que sea obligatorio el uso de cubre bocas en vías y espacios públicos en el interior de establecimientos ya sean de comercio, industria o servicios, así como cualquier centro de trabajo y de igual manera en el transporte público o privado, de la misma manera se establecen las sanciones correspondientes a quien infrinja a lo señalado a la presenta modificación. 

“Se aprueba la reforma al Reglamento del Sistema Metropolitano de Justicia Cívica del Municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, por adhesión de la fracción VIII y párrafo segundo del artículo 39, la adhesión del párrafo tercero y de la fracción VIII del artículo 45 del Catálogo de Infracciones Administrativas o Faltas Cívicas en el apartado de Contra la Salud y el Medio Ambiente y la modificación del artículo 69  para quedar como sigue:

Artículo 39, Fracción VIII: El no portar cubre bocas en vías y espacios públicos o de uso común, en el interior de establecimientos ya sean de comercio, industria o servicios, centros de trabajo de cualquier ramo, centros comerciales, así como para usuarios, operadores y conductores de los servicios de transporte público o privado de pasajeros o de carga.

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